A partir de febrero aumenta el Monotributo y se actualiza el impuesto a las Ganancias

A partir de enero de 2025, el monotributo y el impuesto a las Ganancias se actualizarán de acuerdo con la inflación acumulada del segundo semestre de 2024. El impacto de estos cambios comenzará a notarse en febrero, momento en que los contribuyentes del régimen de monotributo comenzarán a pagar las nuevas cuotas ajustadas por un aumento del 21,13%. El impuesto a las Ganancias también se ajustará con un incremento del 11,78%, basado en la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024.

El incremento del 21,13% en el monotributo corresponde a la inflación acumulada entre julio y diciembre de 2024, en línea con lo dispuesto por la Ley 27.743.

Categoría A (la más baja):

Límite de facturación anual: pasa de $6.450.000 a $7,8 millones.
Cuota mensual: sube de $26.600 a $32.220.

Categoría K (la más alta):

Límite de facturación anual: aumenta de $68 millones a $82.368.000.
Cuota mensual: alcanzará $1 millón en el caso de locación de servicios.

Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de febrero de 2025 para realizar su recategorización de acuerdo con las nuevas escalas. Este trámite, que debe realizarse a través del sistema con clave fiscal, considera los parámetros de ingresos, alquileres, superficie del local y consumo energético de los últimos 12 meses.

En caso de no realizar la recategorización, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrá hacerlo de oficio con base en los datos disponibles.

Actualización del Impuesto a las Ganancias
El impuesto a las Ganancias también se ajustará con un incremento del 11,78%, basado en la inflación acumulada entre septiembre y diciembre de 2024.

Nuevos mínimos no imponibles:
Solteros sin hijos: $2.280.700 de sueldo bruto mensual.
Casados con dos hijos: $2.837.800 de sueldo bruto mensual.
Además, los contribuyentes en relación de dependencia deberán informar a sus empleadores las deducciones correspondientes, como gastos de educación, prepagas, seguros de vida y salarios de personal doméstico, para que estos montos sean considerados al liquidar el impuesto.

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