ANMAT prohibió la comercialización de paquetes con arroz elaborado en Entre Ríos

La Administración Nacional De Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, a través de la disposición 3153/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial de la Nación, prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto “Arroz pulido tipo largo fino calidad 00000 marca Arroz Gallo – Grano de Oro, Elaborado por Molino El Japonés S.R.L, San Salvador – Entre Ríos RNPA: 025/08002325-3-7/001, RNE: 025/08002325-3-7 Fraccionado por Leoncio Laura Marquez – Envasado en Yacuiba, Barrio San Juan – Calle N° 26, una cuadra antes del Colegio San Juan NIT: 7852676018, R.S.SENASAG 09-04-03-06-0006” (Bolivia), en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo registros pertenecientes a otro elaborador y a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

En los considerandos de la resolución, la ANMAT explica que el arroz entrerriano fue exportado a Bolivia y a posteriori reingresado de manera irregular al país.

Las actuaciones, señala la ANMAT, se iniciaron “a partir de una notificación proveniente del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB), a través del Incidente Federal N° 3958 del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de Alimentos (SIFeGA), debido a que el producto rotulado como: “Arroz pulido tipo largo fino calidad 00000 marca Arroz Gallo – Grano de Oro, Peso neto 1 kg, Elaborado por Molino El Japonés S.R.L, San Salvador – Entre Ríos RNPA: 025/08002325-3-7/001, RNE: 025/08002325-3-7 Fraccionado por Leoncio Laura Marquez, no sería un producto genuino”.

Más adelante, la resolución revela que la operación de reingreso a la Argentina del arroz producido en Entre Ríos y vendido a Bolivia fue ilegal. Explica: “existe evidencia de que fue exportado a granel a Bolivia y reingresó al país fraccionado por otra empresa”, y que, “la Dirección de Prevención, Vigilancia y Coordinación Jurisdiccional del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), solicitó la colaboración de la Dirección de Fiscalización y Control del INAL, para que informe si el producto investigado ingresó al país a través de este Instituto; a lo que esa Dirección informó que no constan en el Departamento de Comercio Exterior de Alimentos antecedentes de registro del producto, como así tampoco antecedentes de su ingreso”.

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